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Restricciones a las que se enfrentan las personas con sordera para acceder a los audífonos

Desde hace más de 35 años, las familias que integran la Confederación Española de Familias de Personas Sordas - Fiapas vienen demandando que sus hijos e hijas con sordera puedan disponer de todos los recursos humanos, materiales y tecnológicos que ofrecen la ciencia, la tecnología y la pedagogía y que les permiten acceder, desde las primeras edades, al lenguaje oral. Y esto no sólo por razones comunicativas, sino también por el papel fundamental que el lenguaje oral desempeña para el desarrollo de aprendizajes posteriores que de él dependen, entre ellos, la lectura, que es la herramienta cognitiva más potente que posibilita el aprendizaje autónomo.



Entre estos recursos tecnológicos destacan las prótesis auditivas (audífonos de última generación e implantes auditivos) que, combinadas con una intervención logopédica precoz, permiten la estimulación de la maduración neurológica y de las vías auditivas, permitiendo la adquisición y el desarrollo del lenguaje oral.



Además, gracias a las prótesis auditivas, las personas sordas pueden beneficiarse del uso de ayudas técnicas auxiliares y productos de apoyo que facilitan el acceso a la telefonía, al entorno social, a los espacios públicos, etc., y con las que se eliminan las barreras de comunicación a las que se enfrentan, permitiéndoles participar plenamente en la sociedad de la que también forman parte.



Sin embargo, en muchas ocasiones, las personas con sordera y sus familias, aunque conocen los beneficios audiológicos, educativos y sociales de las prótesis auditivas, no pueden acceder a ellas debido al importante coste económico que conllevan. Esta situación les causa impotencia y frustración e incrementa su vulnerabilidad frente al resto de la población.



Limitación de la prestación ortoprotésica

El implante coclear está incluido desde 1995 en el Cartera de Prestaciones Ortoprotésicas. Y a través de la Orden de 30 de marzo de 2000 se incorporaron también los audífonos, después de más de una década de gestión por parte del Movimiento Asociativo de Familias-Fiapa.



Posteriormente, en el Real Decreto 1030/2006, en el que se mantienen los implantes auditivos (implantes cocleares, implantes osteointegrados, implantes nucleares -tronco encéfalo-) como prótesis quirúrgicas, los audífonos y los moldes adaptadores aparecen por primera vez correctamente clasificados como prótesis externas.



Sin embargo, esta prestación está sujeta a dos restricciones. Por un lado, una limitación de edad, hasta los 16 años, lo que supone una discriminación que carece de cualquier justificación, tanto clínica, terapéutica o rehabilitadora, como política o social. Y, por otro lado, una restricción en cuanto a la naturaleza de la prestación, pues esta se considera ayuda económica, con una cuantía que apenas alcanza el 30% del coste que supone el audífono.



Demandas de Fiapas ante la actualización de la cartera ortoprotésica

En Fiapas entendemos que los audífonos constituyen un derecho subjetivo de las personas con sordera. Se trata de una prestación sanitaria a la que tienen derecho, sea cual sea su edad, el tipo y el grado de sordera, siempre que su necesidad haya sido clínicamente establecida y prescrita por el médico ORL.



Por ello, a la espera de la actualización de la Cartera Ortorprotésica, confiamos en que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, aproveche la oportunidad que dicha actualización ofrece para acabar con la discriminación por razón de edad que afecta a la prestación por audífonos, limitación que no se da en ninguna otra prótesis externa incluida en la Cartera.



Igualmente deberían proceder las comunidades autónomas a la hora de actualizar sus respectivas carteras, ya que las administraciones autonómicas tienen competencia para ampliar los mínimos comunes establecidos a nivel central.



A este agravio que sufren las personas con sordera y sus familias, se suma la imposibilidad de beneficiarse de la aplicación del IVA superreducido, cuando la persona con sordera no tiene un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, si bien debido a su pérdida de audición requiere de la utilización de audífonos para hacer funcional su capacidad de oír e interactuar con el entorno. Esta situación también afecta a las familias que, por prescripción facultativa, compran los audífonos para su hijo, pero debido a la inmediatez de la adaptación protésica tras conocer el diagnóstico, no disponen todavía del certificado del grado de discapacidad.



En definitiva, la presencia de una sordera conlleva siempre, además del coste personal y familiar, importantes costes económicos que se ven incrementados por los derivados de la utilización de estas prótesis auditivas, que son indispensables para hacer funcional su capacidad de oír y para participar activamente en su entorno.

http://www.redaccionmedica.com
15/04/2014

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