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Conceden el derecho al voto a la joven con síndrome de Down de Narón que lo había pedido

Un juzgado civil de Ferrol ha concedido el derecho al voto a la joven con síndrome de Down de Narón que lo había solicitado a través de sus padres. La sentencia estima la demanda y acuerda la reintegración parcial de su capacidad, manteniendo el resto de su incapacidad.

Porque otra sentencia del 2001 la había declarado persona incapaz en grado absoluto y toda la responsabilidad sobre el ejercicio de sus derechos estaba depositada en sus padres. Pero, según explican los propios progenitores en la demanda, su hija mostró un interés creciente sobre todos los asuntos de índole político durante las últimas campañas hasta el punto que accedieron, dada su insistencia, a llevarla a un mitin durante la pasada convocatoria.

Integrarla en el censo

Luego ella se interesó por los comicios, su funcionamiento, el sistema de elección, etcétera, y a ello siguió que le solicitase a sus padres que hiciesen lo posible por conseguirle el derecho al voto, para lo que tendrá que ser integrada en los censos y a partir de ahí podrá ejercer el derecho que ahora se le concede en la mesa electoral a la que su domicilio esté asignado.

La sentencia recuerda que todos los informes fueron favorables. Desde la médica de cabecera de la chica, que se mostró a favor, hasta los médicos forenses de la subdirección local del Imelga, que igualmente emitieron un dictamen favorable. Asimismo, el representante del Ministerio Fiscal que intervino en el proceso por tratarse de una discapacitada no mostró objeción alguna. Antes al contrario, también apoyó la iniciativa de los padres.

El juicio

El pasado 19 de diciembre se celebró la vista oral. La sentencia indica: «Consta en las actuaciones que en la actualidad [la chica] realiza funciones de cierta complejidad, como manejo de Internet, leer, escribir». Incluso, se añade, la exploración a la que la sometió el propio tribunal civil que se ocupó del asunto, a pesar de la deficiencia mental media que tiene, «en la actualidad sigue habitualmente información en medios de comunicación y redes sociales».

Reintegro

Por ello resuelve el reintegro parcial y relativo al derecho al voto, sufragio activo».

Recuerda que el Código Civil establece que una declaración de incapacidad dictada por un tribunal no es inamovible: «La sentencia de incapacidad no impedirá que, sobrevenidas nuevas circunstancias, pueda instarse un nuevo proceso que tenga por objeto dejar sin efecto o modificar el alcance de la incapacidad ya establecida».

La Asociación del Síndrome de Down, por boca de su presidente, Delmiro Prieto, ya se había mostrado muy favorable a que se concediese este derecho: «Deberían poder votar todas las personas con Down que quieran», señaló, explicando otros casos similares.

http://www.lavozdegalicia.es
24/02/2013

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