Un juzgado civil de Ferrol debe decidir sobre la petición de una mujer de Narón con síndrome de Down que quiere votar en las elecciones. Esta semana ha concluido toda la fase de las diligencias y tan solo queda la resolución judicial. El asunto llegó a los tribunales por iniciativa de los padres de la chica, incapacitada en grado absoluto desde su mayoría de edad en el 2001, que como tienen su patria potestad ejercen la acción en su nombre, apoyándola.
Ambos han explicado al tribunal que su hija ha mostrado en los últimos años mucho interés por todos los asuntos de índole política, hasta el punto de que en las últimas elecciones accedieron a llevarla a un mitin, por su insistencia. Aunque los progenitores pensaron al principio que sería una inclinación pasajera, la mujer insiste en participar activamente en los procesos electorales y conocer todo el proceso de designación de gobernantes. El mitin al que asistió reforzó todavía más este interés.
Los padres explicaron al tribunal que no es un simple capricho y, por ello, tras asesorarse, supieron que existen precedentes de que a una persona incapacitada, como es el caso de su hija, se le puede restituir un derecho parcial, manteniendo el resto de su invalidez. Por ello pidieron al juzgado que se le restablezca su derecho como elector pasivo, es decir, que aparezca en los censos electorales y pueda acudir a votar cuando se convoquen comicios.
Apoyo de doctora y fiscal
Cuando la mujer manifestó su deseo de votar, el matrimonio se lo planteó en primer lugar a su médica de familia del Sergas. La doctora los ha apoyado en su iniciativa e incluso emitió un informe favorable que fue entregado al juez. Tampoco se opuso el fiscal que intervino en el proceso, cuya participación resulta obligada al tratarse de una persona con una incapacidad absoluta.
El juzgado civil ha completado todo el proceso. Ha escuchado el testimonio de los parientes más próximos y examinado a la chica, así como el dictamen pericial médico oficial, es decir, realizado por un forense. Este informe de la subdirección local del Imelga es igualmente favorable a la restitución del derecho al voto de la joven.
De ser acordado finalmente quedará ordenar los cambios en el Registro Civil porque en anotación al margen figura la declaración de incapacidad absoluta de la chica y por ello no pasa luego su nombre a los censos electorales. Al parecer, el de esta vecina de Narón no es un caso aislado porque en la jurisprudencia figura una novedosa sentencia al respecto dictada por un tribunal vasco.
Sentencia del año 2001
El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ferrol declaró incapaz en grado absoluto en el año 2001 a la joven, que demanda ahora su derecho al voto, aunque no a ser elegible, al menor por ahora. Asimismo, la sentencia otorga la patria potestad a sus padres, tal como lo contempla el Código Civil. Entonces se había anotado esta resolución de incapacidad en la inscripción de nacimiento de la joven.
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4/02/2013