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Terapia Ocupacional y el Proyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (Parte I)

Dependencia: el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria.
Reyes Noya | 1/10/2006
Terapia Ocupacional y el Proyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (Parte I)

“¿Para qué voy a gastar energía y tiempo en asesorarle
(sobre sillas de ruedas)
si luego va a hacer lo que le da la gana?”.


Este artículo pretende analizar algunos aspectos del Proyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia desde el punto de vista de la Terapia Ocupacional.

Para este fin es necesario definir conceptos básicos de esta disciplina.

Conceptos básicos de Terapia Ocupacional

“La Terapia Ocupacional es el uso terapéutico en las actividades de autocuidado, trabajo y juego para incrementar la función independiente, mejorar el desarrollo y prevenir la discapacidad. Puede incluir la adaptación de las tareas y el entorno para lograr la máxima independencia y mejorar la calidad de vida”.

Esta es la definición de la Asociación Americana de Terapia Ocupacional sobre esta disciplina sociosanitaria que presta sus servicios a la sociedad española desde la década de los años 60.

Existe un paradigma profesional propio, centrado en la ocupación y en el entorno, unos modelos teóricos para la organización, análisis, valoración, interpretación e intervención en la ocupación y en el entorno físico, social y cultural y unos marcos de referencia para valorar e intervenir sobre las capacidades de la persona y/o actuar con las compensaciones (análisis y modificación de la actividad, adaptándola a las diferentes disfunciones de cada persona) y/o adaptaciones del medio, en las diferentes etapas del proceso rehabilitador y de inserción en la sociedad.

Así, por ejemplo, el modelo teórico de Ocupación Humana de Gary Kielhofner, define al ser humano como un sistema abierto que se encuentra en constante interacción con el entorno. De manera que el sistema representa al hombre y la interacción del sistema con el ambiente es la Ocupación Humana. El ambiente es la situación física, social y cultural en la cual el sistema opera.

Son objeto de Terapia Ocupacional las personas en las que existe una disfunción ocupacional, es decir, un desajuste en la interacción del ser humano con el ambiente.

Las áreas de ocupación

En Terapia Ocupacional se reconocen tres áreas de ocupación:

· Automantenimiento o tareas de la vida diaria (o autocuidado) .
· Trabajo o actividades productivas remuneradas o no, que suponen una aportación a la sociedad.
· Ocio, juego.

Por otra parte, y posiblemente derivado del principio ético de autonomía, “los Terapeutas Ocupacionales tienden a hablar de una persona como “autónoma” cuando de hecho quieren decir “capaz de llevar a cabo elecciones y control sobre su propia vida personal”, y como persona “independiente” cuando quieren decir “capaz de hacer lo que se requiere para mantener la salud y su autocuidado, sin necesidad de nadie que le ayude” .

Actualmente hay cierta confusión en el uso de ambas palabras, incluso en el propio proyecto de ley objeto de este artículo. Para la Terapia Ocupacional es fundamental la presencia de los dos conceptos independientemente de cómo se les denomine.

Dos ejemplos ilustran la importancia de su presencia:

1. La adaptación y graduación de la actividad, que se aplica en todas las áreas de la práctica, utilizando actividades significativas y propositivas con el fin de desarrollar distintas destrezas en todas las áreas de función.

2. La realización ocupacional se refiere a la capacidad de la persona de elegir, organizar y desarrollar de forma satisfactoria ocupaciones que para él o ella son significativas para su organización individual, garantizando la calidad de vida y su contribución a la sociedad como cualquier ciudadano de derecho.

El Terapeuta Ocupacional debe ser un facilitador del proyecto de vida de cada individuo, siendo este último el artífice, el protagonista.

El proyecto de ley

Definición de Dependencia

Puesto que esta futura ley pretende dar cobertura a las personas en situación de dependencia, es importante el punto de partida, es decir, la definición de dependencia que se encuentra en el artículo 2:

2. Dependencia: el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria.

En primer lugar, se excluye con esta definición a las personas que cuenten con una dependencia temporal y en segundo lugar, encontramos la primera referencia a actividades básicas de la vida diaria y esto se repite como objetivo a cubrir en los artículos 14, 19 y 26.

Reducir la atención a la dependencia al ámbito de estas actividades, supone que las personas son meros cuerpos que aspiran únicamente a sobrevivir y obvia las áreas de ocupación anteriormente mencionadas.

Valoración

Artículo 27. Valoración de la situación de dependencia. Apartado 3:

El baremo establecerá los criterios objetivos de valoración del grado de autonomía de la persona, de su capacidad para realizar las distintas actividades de la vida diaria, los intervalos de puntuación para cada uno de los grados y niveles de dependencia, y el protocolo con los procedimientos y técnicas a seguir para la valoración de las aptitudes observadas, en su caso.

Si bien, como se puede observar en el texto, no sólo se refiere a las actividades básicas, se siguen echando de menos otras esferas de la vida de cualquier persona.

“Las personas tienden a elegir hacer aquellas cosas que encuentran significativas y evitan las que por el contrario no lo son”. En cualquier valoración, incluidas las que se refieren a la necesidad de ayuda de otras personas, se debe tener en cuenta este factor, ya que el peso o la importancia de cada actividad está unido a los roles que el individuo asume en la búsqueda de la satisfacción de sus necesidades y sus deseos”.

La valoración en Terapia Ocupacional conlleva examinar las áreas, los componentes y los contextos de ejecución. La intervención puede estar dirigida hacia los elementos de las áreas de ejecución (p.e.: vestido, exploración vocacional,…), hacia los componentes de la ejecución (p.e.: resolución de problemas, valores,…), y hacia los aspectos ambientales de los contextos de la ejecución.

Un ejemplo de la intervención en la que el Terapeuta Ocupacional debe brindar sus conocimientos al futuro usuario del sistema, en ese reajuste entre respuesta y demanda, puede suponer la búsqueda de Ayudas Técnicas, contribución a la elección informada del futuro usuario de éstas y formación en su utilización, así como la adecuación del hogar. Con esta forma de intervención se previene la dependencia y se facilita el trabajo de la persona que asiste.

Ni que decir tiene que los contextos de ejecución no se refieren únicamente a la propia vivienda, también a la comunidad, por lo que la constante discriminación por la falta de accesibilidad universal (por ejemplo la otorgación de licencias de apertura de lugares de nueva construcción inaccesibles) también son una limitación en el quehacer del Terapeuta Ocupacional, ya que, que el entorno sea inaccesible es la causa del fracaso en la consecución del proyecto vital de la persona. Un entorno inaccesible, la escasez de diseño universal, son las mejores cartas para provocar dependencia de otros.
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